El año ha comenzado con muchos cambios que han logrado que las entidades financieras vuelvan a ofrecer liquidez, como la bajada de los intereses por parte del Banco Central Europeo a un 0 %, o las penalizaciones a aquellas entidades financieras que no quieren hacer circular el dinero con la subida en 10 puntos básicos hasta el – 0.4 % en la facilidad de depósito. No obstante, el Banco de España ha aplicado ciertas medidas restrictivas para evitar que las entidades financieras hagan préstamos baratos sin cubrir los costes de financiación y de riesgo propios de estas operaciones.

La fuerte guerra que mantienen los bancos para no perder su cuota de mercado ha llevado a las entidades a entrar en una lucha por fidelizar clientes a través de condiciones muy ventajosas en los préstamos, en ocasiones sólo asociadas a vinculaciones por parte del cliente. Han sido precisamente estas situaciones las que han conducido al Banco de España a tomar esta determinación.

Según el Borrador de la modificación del anexo IX de la circular contable que ha permanecido en consulta hasta el pasado mes de febrero, los bancos que no cubran los costes ni el riesgo de este tipo de operaciones tendrán que asumir un gasto en sus cuentas de resultados.

Esta medida no ha sido muy bien acogida por las entidades financieras que explican que en muchas ocasiones se realizan préstamos teniendo en cuenta la relación que mantiene el cliente con la entidad y no solamente como persona individual. Por ejemplo, en ocasiones un banco acepta realizar una operación no excesivamente rentable con un cliente porque desean mantenerlo dentro de su cartera.

A su vez, frente a estas medidas, las entidades financieras han solicitado que se defina de forma más clara cuáles son los conceptos a tener en cuenta para evitar las penalizaciones, por ejemplo, si además de los tipos de interés también ha de considerarse los sueldos que perciben los trabajadores de las oficinas. Las entidades deben conocer claramente cuáles son los costes que se han de computar si el Banco de España quiere seguir adelante con estas acciones.

Esta iniciativa tomada a acabo por el Banco de España ha alterado tanto a los bancos, que éste ha tenido que iniciar una ronda de visitas a las entidades financieras para solucionar las alegaciones que ha recibido desde la aprobación de la modificación del anexo IX, durante el pasado mes de febrero. Una de las principales solicitudes de la banca, es que la entrada en vigor de esta medida, prevista a partir del 30 de junio de 2016, se retrase, por lo menos, hasta bien entrado diciembre.

Según los resultados obtenidos a través de la úlitma encuesta de crédito bancario por parte del BCE, la relajación en los estándares de concesión de préstamos es una actitud que se viene observando como factor común dentro de toda la banca europea desde 2015, pero que adquiere tintes más peligrosos en España, puesto que es la que más solicitudes de crédito realizadas por empresas acepta, aplicando un estrechamiento muy agresivo en sus márgenes dentro del crédito. Según los datos para los créditos concedidos a PYMES, el interés por importes inferiores al medio millón de euros se ubicó en un 3.12 % el pasado mes de febrero, muy cercano al mínimo histórico del 3 % con el que se cerró durante el año 2015, según las estadísticas ofrecidas por el Banco Central Europeo.