Conociendo el descuento de pagarés
La palabra “pagaré” tiene que estar redactada en el mismo idioma en el que esté redactado el resto del documento. El documento tiene que estar escrito en un único idioma y la cifra en la que se exprese el compromiso de pago debe de ser en Euros o bien en otra moneda distinta siempre y cuando ésta cuente con cotización oficial y, por ende, sea oficialmente convertible.
Es necesario que el pagaré incluya la fecha en la que se hará efectiva la promesa de pago. La fecha no puede contener errores y debe existir.
No resulta legalmente necesario pero sí sumamente recomendable establecer el lugar de pago donde se ejecutará la promesa de pago del pagaré. De no establecerse se considerará que la misma se hará efectiva en el lugar donde se ha emitido el pagaré.
Si que resulta preceptivo que figure de forma detallada el nombre completo del beneficiario (el tenedor) pues un pagaré debe de ser nominativo.
Y, finalmente, algo muy importante a considerar es que el pagaré debe de ser firmado por quien lo emite (o apoderado de éste que cuente con poderes suficientes para ello) de su puño y letra, a mano, pues de no ser así, tampoco podrá ser considerado un pagaré.
El descuento de pagarés es una de las modalidades de financiación a corto plazo más desarrolladas y tradicionales del mercado. Por todo ello, si lo que se pretende es obtener liquidez rápida y prácticamente inmediata, si se quiere poder cobrar anticipadamente cifras que nos den la tranquilidad de una buena liquidez y si se quiere disponer de toda una nube de servicios asociados que harán de la actividad profesional, una actividad más eficiente y centrada en aquello que se es especialista, el descuento de pagarés es una de las mejores opciones.