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Qué coste tiene para la empresa un trabajador de baja

baja por accidente laboral

El coste para la empresa de un trabajador de baja depende del tipo de contingencia: en una baja por enfermedad o accidente no laboral (contingencias comunes), la empresa asume directamente el subsidio del día 4 al 15 —el 60 % de la base reguladora—, mientras que en una baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional el subsidio corre a cargo de la mutua desde el día siguiente a la baja. A ello se suman las cotizaciones, las mejoras de convenio y el coste de sustituir al empleado.

En una baja por contingencias comunes, los tres primeros días no generan subsidio, del día 4 al 15 la empresa paga el 60 % de la base reguladora de su bolsillo y desde el día 16 el coste pasa al INSS: el 60 % hasta el día 20 y el 75 % a partir del 21. En una baja profesional, la mutua asume el 75 % desde el día siguiente al accidente o al diagnóstico.

  • Días 1 a 3 de una baja común: sin subsidio, salvo que el convenio colectivo establezca una mejora.
  • Días 4 a 15: el 60 % de la base reguladora corre a cargo directo de la empresa y no se recupera.
  • Desde el día 16: el coste pasa al INSS —60 % hasta el día 20 y 75 % desde el día 21—, aunque la empresa lo adelanta en nómina y lo compensa en los seguros sociales (pago delegado).
  • Baja profesional: el 75 % de la base reguladora desde el día siguiente, a cargo de la mutua; el día del accidente se abona como día trabajado.
  • Para cobrar una baja común el trabajador necesita 180 días cotizados en los últimos 5 años; en las profesionales no se exige cotización mínima.

¿Qué tipos de baja laboral existen y quién concede cada una?

Los tipos de baja laboral son dos según su origen: por contingencias comunes, cuando la causa no guarda relación con el trabajo, y por contingencias profesionales, cuando deriva de un accidente laboral o de una enfermedad profesional. La distinción importa desde el primer día, porque determina quién concede la baja y quién paga el subsidio: en las comunes, el parte lo emite el médico de cabecera de la sanidad pública; en las profesionales, el médico de la mutua con la que trabaja la empresa.

¿Cuánto cuesta a la empresa una baja por contingencias comunes?

Trabajadora de baja médica por contingencias comunes

Una baja por contingencias comunes es la que se concede por causas ajenas al trabajo, y agrupa dos supuestos: la enfermedad común y el accidente no laboral, es decir, cualquier percance ocurrido fuera del centro de trabajo, ya sea de tráfico, en casa o en el tiempo libre. Su coste para la empresa se escalona por tramos de días, y esta tabla lo resume junto al de las bajas profesionales:

Tipo de bajaDías de la baja% de la base reguladoraQuién asume el coste
ComúnDías 1 a 30 % (salvo mejora de convenio)Nadie: no hay subsidio
ComúnDías 4 a 1560 %La empresa, a su cargo
ComúnDías 16 a 2060 %INSS, mediante pago delegado
ComúnDesde el día 2175 %INSS, mediante pago delegado
ProfesionalDesde el día siguiente a la baja75 %La mutua, mediante pago delegado
Diagrama del coste que tiene para la empresa un trabajador de baja: quién paga el subsidio según los días y el tipo de contingencia
En contingencias comunes la empresa asume los días 4 a 15 al 60 % de la base reguladora; desde el día 16 paga el INSS y, en las profesionales, la mutua al 75 %. Fuente: Financia-T · Grupo Kontactalia Finance.

Dos matices que conviene no perder de vista. Primero, el pago delegado: aunque desde el día 16 el subsidio corre a cargo del INSS, es la empresa quien lo adelanta en la nómina y después lo descuenta al liquidar los seguros sociales. Segundo, el requisito de acceso: para cobrar el subsidio por contingencias comunes, el trabajador debe acreditar al menos 180 días cotizados dentro de los 5 años anteriores a la baja.

Y una advertencia práctica: según el convenio colectivo aplicable, la empresa puede estar obligada a mejorar el subsidio hasta cubrir el 100 % del salario, un sobrecoste que sale íntegramente de su caja. Si tiene dudas sobre el suyo, le explicamos cómo saber el convenio colectivo de su empresa.

¿Cuánto cuesta a la empresa una baja por contingencias profesionales?

Trabajador de baja por accidente laboral, una contingencia profesional
Los accidentes en los desplazamientos desde y hacia el trabajo también son accidentes laborales

Una baja por contingencias profesionales es la incapacidad temporal causada por el propio trabajo, y abarca dos situaciones: la enfermedad profesional, con conexión directa con la actividad que realiza el empleado, y el accidente laboral, ocurrido en el centro de trabajo durante la jornada o en los desplazamientos entre el domicilio y el puesto (accidente in itinere).

El subsidio asciende al 75 % de la base reguladora desde el día siguiente a la baja, y lo asume la mutua con la que la empresa tiene concertadas las contingencias profesionales; el día del accidente se considera día trabajado y lo abona la empresa como salario ordinario. Aquí no se exige periodo mínimo de cotización al trabajador. La empresa recupera mediante pago delegado el subsidio que adelanta, con una excepción: las mejoras pactadas en convenio, que quedan a su cargo.

Trabajadora de baja por depresión, que puede ser contingencia profesional
Una baja por depresión puede considerarse profesional si tiene causa directa en el trabajo

¿Qué otros costes soporta la empresa mientras dura la baja?

El coste de una baja no termina en el subsidio. Mientras el contrato sigue en alta, la empresa continúa asumiendo sus obligaciones de cotización por el trabajador, además de las mejoras voluntarias u obligatorias del convenio. Y está el coste que no aparece en ningún recibo: sustituir al empleado —con un contrato de interinidad o repartiendo su carga entre el equipo—, formar al sustituto y absorber la pérdida de productividad. En una pyme con plantillas ajustadas, ese es con frecuencia el coste mayor de todos.

¿Cómo se calcula la base reguladora del trabajador?

La base reguladora diaria es la referencia sobre la que se aplican los porcentajes del subsidio, y se calcula dividiendo la base de cotización del mes anterior a la baja entre el número de días de ese mes. En los contratos temporales el cálculo cambia: se suman las bases de cotización de los 3 meses anteriores y se dividen entre los días efectivamente trabajados en ese periodo. El dato figura en la propia nómina del empleado, así que estimar el coste de una baja antes de que se alargue es un ejercicio de minutos.

¿Qué ocurre con las bajas en situaciones especiales?

Hay tres situaciones que generan dudas recurrentes y conviene dejar claras:

  • Baja durante las vacaciones: si la incapacidad temporal coincide con las vacaciones, el trabajador conserva el derecho a disfrutar los días pendientes una vez recibida el alta, en los términos que marcan el Estatuto de los Trabajadores y el convenio aplicable.
  • Nacimiento y cuidado del menor: la prestación por maternidad y paternidad se abona al 100 % de la base reguladora y corre íntegramente a cargo de la Seguridad Social, de modo que la empresa no asume subsidio alguno.
  • Contratos temporales: el subsidio funciona igual que en el resto de contratos, tanto en contingencias comunes como profesionales; solo varía el cálculo de la base reguladora, que toma los 3 meses anteriores divididos entre los días trabajados.

Preguntas frecuentes sobre el coste de un trabajador de baja

¿Quién paga los tres primeros días de una baja laboral?

Los tres primeros días de una baja por contingencias comunes no los paga nadie: la ley no prevé subsidio para ese tramo, de modo que ni la empresa ni la Seguridad Social abonan cantidad alguna. La excepción está en los convenios colectivos que obligan a la empresa a complementar la prestación desde el primer día; en ese caso, el coste de esos días recae íntegramente sobre la empresa.

¿Cuánto paga la empresa por un trabajador de baja del día 4 al 15?

Del día 4 al 15 de una baja por contingencias comunes, la empresa paga el 60 % de la base reguladora del trabajador, y lo hace a su costa: es el único tramo del subsidio que no puede recuperar ni compensar con la Seguridad Social. Si el convenio colectivo obliga a complementar hasta el 100 % del salario, esa mejora también corre a cargo de la empresa.

¿Quién paga la baja a partir del día 16?

A partir del día 16 de una baja común, el subsidio corre a cargo del INSS: el 60 % de la base reguladora hasta el día 20 y el 75 % desde el día 21. En la práctica, la empresa lo sigue adelantando en la nómina mediante el pago delegado y después lo descuenta al liquidar los seguros sociales, por lo que el efecto es de tesorería, no de coste definitivo.

¿Qué coste tiene para la empresa un accidente laboral?

Un accidente laboral cuesta a la empresa menos subsidio del que se suele pensar: el 75 % de la base reguladora desde el día siguiente a la baja lo asume la mutua, y la empresa solo abona el día del accidente como día trabajado. Su coste real está en las mejoras del convenio, en la cotización que mantiene durante la baja y en la sustitución del trabajador.

¿Puede la empresa recuperar lo que adelanta durante una baja?

La empresa puede recuperar lo que adelanta mediante el pago delegado: el subsidio que abona en nómina desde el día 16 en las bajas comunes —o desde el día siguiente en las profesionales— se descuenta al liquidar los seguros sociales. Lo que no recupera nunca es el 60 % de la base reguladora de los días 4 a 15 de las bajas comunes ni las mejoras que imponga el convenio colectivo.

¿Qué requisitos debe cumplir el trabajador para cobrar la baja?

Para cobrar la baja por contingencias comunes, el trabajador debe acreditar al menos 180 días cotizados dentro de los 5 años anteriores; sin esa carencia no hay derecho a subsidio. En las bajas por contingencias profesionales —accidente de trabajo o enfermedad profesional— no se exige ningún periodo mínimo de cotización: la prestación se reconoce desde el primer día de alta en la empresa.

Un coste que se puede prever, y financiar

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El coste de un trabajador de baja para la empresa se concentra, en resumen, en el tramo del día 4 al 15 de las bajas comunes, en las mejoras de convenio y en el coste real de sustituirle; el resto del subsidio lo asumen el INSS o la mutua mediante pago delegado. Cuando varias bajas coinciden y la tesorería se resiente, una empresa con inmuebles puede obtener liquidez mediante préstamos con garantía hipotecaria para empresas o soluciones de financiación urgente: en Financia-T analizamos la viabilidad en 24-72 horas y canalizamos la operación hacia financiadores privados especializados. Si es usted autónomo persona física, le atiende Capital Privado MB, nuestra marca especializada en trabajadores por cuenta propia. Cuéntenos su caso en el formulario de contacto y le responderemos sin compromiso.

Categorías: Actualidad
Alejandro Melero García, Director General de Kontactalia Finance
Autor · contenido YMYL

Alejandro Melero García

Director General — CEO de Kontactalia Finance · Asesor Financiero Certificado LCCI por EFPA España

15+ años estructurando financiación alternativa con garantía hipotecaria para empresas, pymes y sociedades patrimoniales. Inscrito en el Banco de España con código D238 a través de Kontactalia Finance, S.L. (Registro Estatal de Consumo, nº 439/2013).

Revisado por: Alejandro Melero García · Asesor Financiero Certificado LCCI por EFPA España. Validación técnica del contenido a fecha de revisión indicada.
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