Las empresas del sector hostelero y del ocio son unas de las gran perjudicadas por el impacto de la pandemia de la Covid-19. Sin duda son uno de los sectores que han tenido que cerrar sus negocios durante más meses y, a la vez, intentar reinventarse para poder superar esta situación devastadora. En este contexto, la mayoría de empresarios han tenido que solicitar diferentes ayudas económicas como préstamos para poder obtener financiación y salvar así sus negocios. En este artículo te contamos cómo puedes solicitar financiación si eres una empresa del sector hostelero o de ocio.
Financiación ICO
El Gobierno junto el Instituto de Crédito Oficial, más bien conocido como ICO, han aprobado durante los meses de pandemia una serie de líneas de avales para poder dar solvencia económica a aquellas empresas que se han visto más afectadas por la pandemia mundial. De hecho y según datos del propio ICO, más de 111.080 empresas con actividades relacionadas con el sector hostelero, turístico, del ocio y de la cultura han recibido 14.455,4 millones de euros en financiación hasta julio de 2020, siendo los sectores que más operaciones ICO han solicitado. Estas cifras no son de extrañar teniendo en cuenta que durante los meses de pandemia muchas de estas empresas no han ingresado nada y han tenido que seguir pagando alquileres, cotizaciones sociales de los empleados que están en situación de ERTE y otros gastos de mantenimiento.
Las cifras son realmente preocupantes y es que se calcula que han desaparecido más de 40.000 empresas del sector hostelero desde el mes de marzo y se prevé que esta cifra pueda aumentar. Una empresa podrá solicitar un préstamo ICO siempre y cuando se haya visto afectada por los efectos económicos de la Covid-19:
- Los préstamos y operaciones han de ser formalizados o renovados a partir del 18 de marzo de 2020.
- Las empresas no podrán encontrarse ante las siguientes situaciones:
- No figurar en el registro de morosidad de la CIEBE a 31 de diciembre de 2019.
- No estar sujetas a un procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020.
- No encontrarse en situación de crisis a 31 de diciembre de 2019.
- La financiación no se podrá usar para cancelar o amortizar anticipadamente deudas preexistentes.
- No se podrán aprovechar estructuras en paraísos fiscales para reducir las obligaciones tributarias.
Las empresas tendrán como plazo máximo el 1 de diciembre de 2020 para poder solicitar un ICO.
Financiación bancaria
Las entidades bancarias suelen ser, en la mayoría de los casos, la vía principal de solicitud de préstamos por parte de personas físicas y jurídicas (particulares y empresas). Ante la situación de la crisis sanitaria y consecuentemente económica, las entidades bancarias se han vuelto mucho más estrictas para evitar que sucediera lo mismo que en 2008, cuando estalló la burbuja inmobiliaria.
Por ello es cada vez más difícil poder acceder a financiación por parte de estas entidades, ya que no sólo reciben miles de solicitudes diarias, sino que no pueden abordar por si solas la situación.
Aunque los ICO se solicitan a través de las entidades bancarias, también se pueden solicitar otros préstamos en caso de que no podamos acceder a esta financiación.
Financia-T
Para poder acceder a líneas de crédito por parte de las entidades bancarias, es imprescindible no estar inscrito en ningún registro de morosidad como ASNEF o Rai, no tener un nivel de endeudamiento elevado y tampoco estar devolviendo otros préstamos en el momento de la solicitud.
Una persona o empresa que no cumpla estos requisitos se considerará insolvente y la operación tendrá una alta probabilidad de impago, por lo que se la solicitud se denegará por exceso de riesgo.
Financiación privada para el sector hostelero
La financiación concedida a través de prestamistas particulares o privados suele ser la mejor alternativa cuando no podemos acceder a los préstamos ICO o a la financiación bancaria. Esto se debe a que las exigencias o requisitos que piden los prestamistas son algo más laxos y nos ofrecen también la posibilidad de devolver el préstamo de una forma mucho más flexible.
De hecho, las únicas dos condiciones que se deben cumplir para poder acceder a un préstamo mediante capital privado son las que siguen:
- Disponer de una propiedad inmobiliaria a nuestro nombre o a nombre de un tercero que actuará como avalista. Puede ser cualquier tipo de inmueble (también el local donde se ubica el negocio) a excepción de terrenos y es imprescindible que la propiedad que se usará como aval o garantía del préstamo esté libre de cargas.
- Solicitar una cuantía mínima de 20.000€ para garantizar la rentabilidad de los prestamistas y para evitar que los intereses aumenten de forma desorbitada.
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