Hoy en día el crowdfunding se ha convertido en una realidad para miles de emprendedores españoles que han conseguido financiar sus proyectos empresariales a través de su ayuda. Y es que este singular método de financiación ha modificado por completo el panorama de concesión de crédito en España para nuevas empresas y pymes. Aunque el crowdfunding ha explotado como nueva alternativa de financiación durante la época de crisis, ha llegado para quedarse. Y así lo demuestran las 11 entidades que han sido autorizadas recientemente para registrarse en la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores).

Aunque estas 11 plataformas todavía están pendientes de llevar a cabo los trámites en el registro mercantil, hay alguna, como por ejemplo Arboribus, que ya ha recibido la autorización por parte de la CNMV y que ya está registrada en ella. De hecho, ya aparece junto con otras 3 en su la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. No hay que olvidar que esta autorización es imprescindible para poder operar en España como una PFP o lo que es lo mismo, una Plataforma de Financiación Participativa.

Las 4 PFP que actualmente tienen capacidad para operar en España son:

  • Bolsa Social PFP, S.L. Fue la primera en aparecer en el registro de la CNMV el pasado 15 de diciembre.
  • Socios inversores, PFP, S.L. Fue agregada al registro de la CNMV el 15 de julio de 2016.
  • Tutriplea Finance, PFP, S.L. Fue agregada al registro de la CNMV el 27 de julio de 2016.
  • Lignum Capital, PFP, S.L. Fue agregada al registro de la CNMV el 27 de julio de 2016.

¿Por qué las plataformas de crowdfunding han tenido que esperar para operar legalmente en España prácticamente al 2016)?

Básicamente porque la Ley encargada de regularizar estos nuevos sistemas de financiación se ha hecho esperar bastante. No hay que olvidar que la Ley que ampara esta nueva actividad no surgió hasta el año 2015. Es entonces cuando se generó la Ley 5/2015, del 27 de abril, de Fomento de Financiación Empresarial (Título V). Esta ley ha sido creada ante la necesidad de mejorar la financiación bancaria de cara a las pequeñas y medianas empresas.

Esta nueva normativa ha permitido hacer más flexible la financiación a través de métodos alternativos para los emprendedores ante la imposibilidad de conseguir liquidez que se ha vivido en las épocas más duras de la crisis.

Y es precisamente en el Título V de esta Ley donde se establece un régimen jurídico para este tipo de plataformas de financiación colaborativa. Eso sí, esta ley sólo pretende regular las figuras a través de las cuales el inversor desea recibir una remuneración por su participación. Por tanto quedan fuera de esta regulación todos los procesos de crowdfunding donde el inversor solo dona o realiza compraventas.

¿Cómo regula la Ley 5/2015, del 27 de abril, el crowdfunding?

Dejando constancia de cómo han de funcionar dichas plataformas de inversión. Este modelo de financiación funciona poniendo en contacto a inversores que buscan rendimiento para sus fondos con empresas o emprendedores que están buscando fondos a través de la emisión de valores o participaciones en su empresa o proyecto.

La característica principal de este tipo de plataformas es que se basa en la financiación a partir de pequeñas cantidades de gran cantidad de inversores y el carácter relativamente arriesgado de estas inversiones.

Está claro que estas plataformas de financiación se han convertido poco a poco en un duro competidor para la banca, que suma un nuevo desafío para la reestructuración de la banca tradicional si desea seguir siendo competitiva. Está claro que las plataformas de financiación a través del crowdfunding son un duro competidor para las entidades financieras clásicas.